Pluma invitada – Mujeres al frente: transformación sindical para la igualdad

Después de más de 20 años dedicada a la defensa de los derechos laborales, quedo más convencida que nunca que la herramienta más fuerte que las mujeres tenemos para transformar nuestra realidad es el sindicato. En su esencia el sindicato es una organización formada y gobernada por los y las trabajadores/as con el objetivo de representar los intereses de sus miembros/as de forma colectiva ante el empleador. Sindicatos con bases activas y participativas, con líderes representativos de las personas trabajadoras, suelen lograr mejoras a los salarios y beneficios laborales a través de la negociación colectiva y un trato más justo en el día a día de las relaciones laborales. En todos los sectores económicos, donde las mujeres están ampliamente representadas, los sindicatos deberían, por naturaleza, incorporar los intereses de las trabajadoras en sus agendas y asegurar su presencia en roles de liderazgo. Sindicatos que funcionan así son espacios democráticos capaces de construir un poder real como contraparte para los empleadores y otros actores importantes.

No necesitamos buscar más allá de nuestro vecino del sur, en las plantaciones bananeras de la costa norte atlántica de Guatemala, para ver esta diferencia sindical en acción. Un estudio de 2022 que encuestó a 210 trabajadores encontró que las personas trabajadoras sindicalizadas ganan más de la mitad del salario, trabajan 12 horas menos por semana, gozan de más respeto en el trabajo (ausencia de abusos verbales), y tienen acceso a protocolos de salud y capacitación durante la pandemia de COVID-19, comparado con sus colegas no-sindicalizados/as. (Anner, ¿Qué diferencia hace un sindicato? Fincas bananeras en el norte y sur de Guatemala, 2021).

En los Estados Unidos las estadísticas demuestran que mujeres en sindicatos ganan un promedio de 23% más que mujeres que trabajan sin sindicato. Según el Departamento de Trabajo de EE. UU., “existe una mayor equidad salarial para las personas trabajadoras sindicalizadas debido a la transparencia e igualdad que proporciona un contrato colectivo de trabajo. Los contratos colectivos se aplican a todas las personas en un centro de trabajo, independientemente de su raza o género.” Otros estudios cuentan de los beneficios superiores que los sindicatos les brindan a las mujeres porque éstos crean transparencia y eliminan las barreras sociales que inhiben a las mujeres de negociar mejoras salariales y beneficios. No debe sorprendernos entonces que en los EE. UU. durante la última década, las mujeres hemos sido la fuerza detrás del aumento en la sindicalización, ya que más del 60 por ciento de los nuevos miembros de sindicatos son mujeres.

¿Y qué tiene que ver todo esto con la realidad mexicana? Resulta que los y las autores/as de la Reforma Laboral y las enmiendas a la Ley Federal de Trabajo (LFT) reconocieron el vínculo importante entre la democracia sindical y la capacidad de los sindicatos y las personas trabajadoras en avanzar la igualdad entre mujeres y hombres en el mundo laboral, en la protección de derechos de las personas trabajadoras con responsabilidades familiares, y la eliminación del hostigamiento y acoso laboral, acoso sexual, y la discriminación en el trabajo. De suma relevancia vale reconocer el artículo 378 de la LFT que establece la prohibición a los sindicatos ejercer actos de violencia, discriminación, acoso u hostigamiento sexual, y el artículo 371 que establece que en la integración de las directivas sindicales se establecerá la representación proporcional en razón de género. Estos dos artículos son requisitos formales para los sindicatos, y a la vez invitaciones (o provocaciones) para las mujeres trabajadoras en México para tomar el reto de convertir los sindicatos en algo propio.

Existen referentes interesantes de mujeres, mano a mano con hombres, transformando los sindicatos para que sean instrumentos de transparencia y poder popular que defienden los intereses de nuestras familias y comunidades. ¿Por qué no en México?

Samantha Tate

Jefa de División, Monitoreo y Cumplimiento de Asuntos Laborales T-MEC, Departamento de Trabajo EE.UU