Jurisprudencias y tesis aisladas en materia laboral y seguridad social

JURISPRUDENCIAS

 

Tesis 2a./J. 98/2023 (11a.) Subcontratación laboral. El acuerdo para el registro de personas que prestan servicios o ejecuten obras especializadas, sí establece los requerimientos necesarios para darse de alta en el padrón público respectivo, por lo que no se viola el principio de seguridad jurídica.

Tesis 2a./J. 82/2023 (11a.) Beneficiarios del trabajador fallecido. En relación a la cláusula 132 del contrato colectivo de trabajo, bienio 2013-2015, celebrado entre Petróleos Mexicanos y su Sindicato de trabajadores, pueden tener el carácter de beneficiarias dos personas que acreditaron la calidad de cónyuges, aun cuando alguna de ellas no haya sido designada previamente como beneficiaria.

Tesis 2a./J. 81/2023 (11A.) Competencia laboral. No se surte en favor de la autoridad federal cuando sólo se reclama la interpretación y cumplimiento de los estatutos de un sindicato nacional, al no actualizarse el supuesto de excepción que prevé el último párrafo del artículo 527 de la Ley Federal del Trabajo vigente hasta el 1 de mayo de 2019.

Tesis PR.L.CS. J/57 L (11a.) Competencia laboral para conocer de los asuntos presentados ante las JCA cuando ya había iniciado la implementación de la reforma en materia laboral. Corresponde a los Tribunales Laborales Federales.

 

TESIS AISLADAS

 

Tesis XXIII.2o.6 A (11a.) Capitales constitutivos. El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) cuenta con un plazo de cinco años para fincarlos (interpretación sistemática de los artículos 79 y 297 de la ley del seguro social).

Tesis X.1o.T.24 L (11a.) Competencia por razón de territorio para conocer de la ejecución de un convenio celebrado ante un Centro de Conciliación. Corresponde al Tribunal laboral del lugar de su celebración [aplicación analógica del artículo 700, fracción II, inciso a), de la Ley Federal del Trabajo].

Tesis III.1o.T.2 L (11a.) Dilación excesiva de actos fuera de juicio en materia laboral. Para determinar la procedencia del amparo indirecto en su contra, es inaplicable la tesis de jurisprudencia 2a./J. 33/2019 (10a.).