Avazan amparos contra tope en el pago de PTU

El Juzgado Octavo de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México ha concedido al menos 14 amparos a favor de personas trabajadoras, tras inconformarse por lo establecido en el artículo 127, fracción VIII, de la Ley Federal del Trabajo. Esto es, en contra del tope al pago máximo de la participación de los Trabajadores en Utilidades (PTU), correspondientes a tres meses de salario o el promedio de los últimos tres años.

Las personas que se ampararon, indicaron que la limitación impuesta por la reforma de subcontratación laboral del 2021, contraviene derechos humanos reconocidos en la Constitución al restringir el reparto íntegro de utilidades, ya que nuestra máxima norma no impone limitante alguno. Cabe recordar que, previo a la reforma de 2021, el único margen de referencia para el cálculo del PTU, era el porcentaje del 10% determinado por la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.

La persona jueza que falló a favor de los trabajadores, argumentó que la limitación establecida en el artículo 127, fracción VIII, de la LFT, es contraria a la Constitución y contradice el propósito original de la reforma que le dio origen, pues con ella, lo que se busca es evitar que los patrones eludan el cumplimiento de sus obligaciones de carácter laboral, de seguridad social y en el ámbito tributario.

Varias de estas determinaciones aún no adquieren carácter definitivo, en tanto que están siendo revisadas por Tribunales Colegiados, por lo que habrá de esperar la resolución final de estos casos o bien, a que la Suprema Corte de Justicia de la Nación conozca sobre la materia sustantiva y posicione un precedente obligatorio.

Esta situación guarda importancia, en tanto que el presidente de México anunció que se espera para 2024 un incremento considerable en el pago de PTU.

 

Fuente: Consejo de la Judicatura Federal