Reforma Judicial a debate: ¿qué les espera a los nuevos Tribunales Laborales?
El 5 de febrero de 2024, el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, presentó una propuesta de reforma constitucional en materia judicial. Dicha reforma, busca:
- Someter a elección popular, los cargos de Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Magistrados de Circuito y Electorales, así como Jueces de Distrito.
Los operadores judiciales que actualmente se encuentran en funciones, podrán participar en la elección. - Todos los cargos judiciales antes mencionados se renovarán por una sola ocasión en 2025, posteriormente, cada 3 años, en las elecciones federales ordinarias, a cargo del Instituto Nacional Electoral (INE).
- Prohibir el financiamiento público o privado de las campañas, así como la contratación de espacios de radio y televisión para promocionar las candidaturas. También estará prohibida la intervención de partidos políticos.
- La duración del cargo de los Ministros de la SCJN será de 12 años (actualmente es de 15 años). Además, la integración de la SCJN se reduce de 11 a 9 personas Ministras y se eliminará la pensión vitalicia a favor de estos.
Asimismo, se eliminan las dos Salas, por lo que la SCJN sólo sesionará en Pleno.
- Sustituir el actual Consejo de la Judicatura por un Órgano de Administración Judicial y un Tribunal de Disciplina Judicial.
- Establecer que Ministros de la SCJN, Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito no puedan ganar más que la persona presidenta de México.
- Prohibir la creación o mantenimiento en operación de fondos, fideicomisos, mandatos o contratos análogos no previstos por ley.
- Establecer un plazo de 6 meses para la resolución de conflictos fiscales y de 1 año para asuntos penales.
- Prohibir el otorgamiento de suspensiones contra leyes con efectos generales en amparos, controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad.
- Los Poderes Judiciales de las entidades federativas deberán establecer reglas para la elección directa de sus Magistrados y Jueces, así como órganos de administración y disciplina independientes.
Las propuestas antes señaladas, ya se encuentran en debate en la Cámara de Diputados, instancia desde la que se coordinan y desarrollan distintos diálogos nacionales para discutir y analizar esta nueva Reforma Judicial. Los Diálogos Nacionales tendrán lugar entre el 27 de junio y el 8 de agosto de 2024, en la Ciudad de México, Jalisco, Estado de México, Chiapas, Veracruz, Puebla, Coahuila y Sinaloa.
Este ejercicio de debate público pretende permitir que los distintos interesados en la materia expresen sus puntos de vista y la información generada sea de utilidad para las comisiones dictaminadoras.
De acuerdo con información de la Secretaría de Gobernación, la elección popular de Ministros de la SCJN, Magistrados y Jueces de Distrito, implicará la renovación de 1,691 cargos, aproximadamente. Esto, sin considerar los cargos que impacta esta reforma en el ámbito estatal.
En el marco de esta reforma que se aproxima a su aprobación, ¿qué les espera a los nuevos Tribunales laborales?
A cuatro años de haber sido seleccionados, la primera generación de jueces y juezas que asumieron la impartición de justicia laboral, tras el cierre de las Juntas de Conciliación y Arbitraje (dependientes del Ejecutivo) a los Tribunales laborales (dependientes del Poder Judicial), se enfrentan a importantes cambios con la próxima aprobación de la reforma al Poder Judicial. Cabe destacar que, estos jueces y juezas fueron elegidos mediante un innovador sistema de convocatorias abiertas, permitiendo la entrada de personas abogadas externas a la carrera judicial.
Si la reforma es aprobada en los próximos meses, estos jueces y juezas laborales podrán someterse al voto popular en 2025 para continuar con sus funciones durante los siguientes 9 años con posibilidad de reelección. Mucho se ha invertido en el desarrollo de sus capacidades y será vital que los criterios de elegibilidad garanticen la especialización en la materia para asegurar la continuidad de los avances que se han dado en la impartición de justicia laboral.
Es importante señalar que esta reforma no impactará a otros operadores judiciales, como secretarios instructores, actuarios y oficiales judiciales, quienes continuarán desempeñando sus funciones según los términos actuales.
Además, los plazos exprés debatidos (6 meses y 1 año) no se aplicarán a los tribunales laborales, sino únicamente a la materia fiscal y penal.