La UE aprueba Reglamento que prohíbe los productos fabricados con trabajo forzoso

El 23 de abril, el Parlamento Europeo alcanzó un acuerdo provisional para establecer un Reglamento que prohíba en la Unión Europea la comercialización de productos fabricados con trabajo forzoso. El voto alcanzó una amplísima mayoría de 555 votos a favor, 6 en contra y 45 abstenciones.

De acuerdo con el texto acordado, las autoridades nacionales o, si se trata de terceros países, la Comisión de la UE, investigarán la sospecha de uso de trabajo forzoso en las cadenas de suministro de las empresas. Si la investigación concluye que se ha recurrido al trabajo forzoso, las autoridades pueden exigir que los productos pertinentes sean retirados del mercado de la UE (incluida y de los mercados en línea, y confiscados en las fronteras. Los bienes tendrían que ser donados, reciclados o destruidos. Los bienes de importancia estratégica o crítica para la Unión podrán ser retenidos hasta que la empresa elimine el trabajo forzoso de sus cadenas de suministro.

Las empresas que no cumplan pueden ser multadas. Sin embargo, si eliminan el trabajo forzoso de sus cadenas de suministro, se puede permitir que los productos prohibidos vuelvan al mercado.

Otro aspecto relevante de esta regulación, es que la Comisión elaborará una lista de sectores económicos específicos en zonas geográficas específicas en las que existe trabajo forzoso impuesto por el Estado. Esto se convertirá entonces en un criterio para evaluar la necesidad de abrir una investigación.

La Comisión también podrá identificar productos o grupos de productos para los que los importadores y exportadores tendrán que presentar detalles adicionales a las aduanas de la UE, como información sobre el fabricante y los proveedores de estos productos.

También se propone crear un nuevo portal único sobre el trabajo forzoso para ayudar a hacer cumplir las nuevas normas. Incluye directrices, información sobre prohibiciones, base de datos de áreas y sectores de riesgo, así como pruebas disponibles públicamente y un portal de denuncias.

Las normas también prevén la cooperación con terceros países, por ejemplo, en el contexto de los diálogos existentes o de la aplicación de acuerdos comerciales.

Esto puede incluir el intercambio de información sobre áreas o productos de riesgo y el intercambio de mejores prácticas.

La Comisión, en su calidad de autoridad competente principal, también podrá llevar a cabo controles e inspecciones en terceros países, si la empresa de que se trate y el gobierno del tercer país así lo acuerdan.

SIGUIENTES PASOS

El Parlamento Europeo y el Consejo tendrán ahora que dar luz verde definitiva al acuerdo provisional. Acto seguido, el Reglamento se publicará en el Diario Oficial y entrará en vigor al día siguiente. A partir de entonces, los países de la UE dispondrán de 3 años para empezar a aplicar las nuevas normas.

Más información: INFORME sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se prohíben en el mercado de la Unión los productos fabricados con trabajo forzoso | A9 0306/2023 | Parlamento Europeo (europa.eu)