Jurisprudencias y tesis aisladas en materia laboral y seguridad social

JURISPRUDENCIAS

Tesis PR.P.T.CS. J/23 L (11a.) Conflictos derivados de la separación de Juicios Laborales. Los Tribunales Colegiados de Circuito son competentes para resolverlos [Interrupción de la Jurisprudencia PR.L.CS. J/50 L (11a.)].

Tesis PR.P.T.CS. J/17 L (11a.) Faltas de asistencia injustificadas. Momento en que inicia el cómputo del plazo prescriptivo, previsto en la fracción I del artículo 517 de la Ley Federal del Trabajo.

Tesis PR.P.T.CS. J/22 L (11a.) Separación de juicios laborales. Lineamientos para determinar su procedencia.

Tesis PR.P.T.CS. J/19 L (11a.) Improcedencia del amparo directo por consentimiento expreso del acto reclamado. Se actualiza cuando se reclama el proveído por el cual un tribunal laboral ordena remitir los autos al centro de conciliación para que se agote la etapa prejudicial, si la persona quejosa comparece a la audiencia respectiva.

Tesis III.2o.T. J/2 L (11a.) Tiempo extraordinario. Debe tenerse por acreditado el que exceda de 9 horas a la semana, ante la falta de contestación de la demanda sin prueba en contrario y no se esté en un supuesto de inverosimilitud (Ley Federal del Trabajo en su texto anterior a la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de mayo de 2019).

 

TESIS AISLADAS

Tesis I.2o.T.27 L (11a.) Cosa juzgada en materia laboral. Su estudio es inoportuno en el auto de radicación para inadmitir la demanda.

Tesis I.10o.T.25 L (11a.) Falta de personalidad en el juicio laboral. Para que pueda analizarse como violación procesal en amparo directo, debe existir pronunciamiento por parte del juez laboral.

Tesis I.13o.T.19 L (11a.) Reglamento Interior de Trabajo. Si en él se prevé un procedimiento para rescindir la relación laboral, es obligatorio sustanciarlo en sus términos.

Tesis III.2o.T.78 L (11a.) Violaciones procesales en el procedimiento laboral. Por excepción, en amparo directo procede el análisis de las hechas valer o advertidas en suplencia de la queja deficiente, posteriores a una actuación trascendental declarada inválida.

Tesis I.14o.T.44 L (11a.) Licencias para el desempeño de comisiones sindicales solicitadas por sindicatos minoritarios. Su otorgamiento no puede condicionarse a la preferencia que el sindicato mayoritario pueda tener sobre esos permisos.

Tesis III.2o.T.75 L (11a.) Renuncia. Conforme al método para juzgar con perspectiva de género, cuando la mujer trabajadora afirma que la suscribió bajo coacción emocional y psicológica, la carga de la prueba corresponde al patrón.

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

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