T-MEC | Recuento del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida Enero 2025

El Mecanismo Laboral del T-MEC inicia 2025 con una nueva solicitud de revisión y un número récord de paneles laborales abiertos desde su primera activación en 2021, debido a la falta de acuerdos entre los gobiernos de México y EE.UU. respecto a las acciones de remediación en estos casos. Ante esta situación, EE.UU. ha solicitado la intervención de panelistas independientes, expertos en temas laborales, para evaluar el cumplimiento de cinco empresas en materia de libertad sindical, conforme a la legislación mexicana armonizada con el capítulo laboral del T-MEC tras la Reforma Laboral de 2019.
Hasta el mes de diciembre, sólo se encontraba activo el panel sobre Atento Servicios, un centro de atención telefónica en Hidalgo, cuyo panel fue llamado a integrarse el 16 de abril de 2024 y ha estado en revisión por casi un año. Recientemente, se añadieron cuatro empresas señaladas por EE.UU. en las últimas semanas de diciembre. Es importante señalar que, durante el desarrollo de los paneles, ambos gobiernos aún pueden llegar a un acuerdo para facilitar la resolución de los casos.

Paneles Laborales

Revisión #19. Atento Servicios – Hidalgo:
Fecha de solicitud: 19 de enero de 2024.
Fecha de panel: 16 de abril de 2024.
Un centro de atención telefónica señalado por intervenir en actividades sindicales mediante coacción, amenazas e incluso despidos para evitar que los trabajadores se afiliaran al sindicato de su preferencia. Además, se alega que la empresa estaba incentivando a los trabajadores a afiliarse al sindicato afín a la empresa mediante el ofrecimiento de diversos beneficios.

Revisión #27. Minera Camino Rojo – Zacatecas:
Fecha de solicitud: 29 de agosto de 2024.
Fecha de panel: 12 de diciembre de 2024.
Una mina especializada en la extracción de oro y plata señalada por obstaculizar los esfuerzos de las personas trabajadoras para apoyar o unirse al Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de la República Mexicana (Los Mineros), mediante amenazas de violencia física, despidos, represalias y coerción.

Revisión #24. Industria Tecnos – Morelos:
Fecha de solicitud: 24 de junio de 2024.
Fecha de panel: 18 de diciembre de 2024.
Una empresa dedicada a la fabricación de cartuchos de percusión anular, percusión central y cartuchos para escopetas señalada por desalentar la afiliación sindical de personas trabajadoras y realizar despidos por realizar actividades sindicales, además de amenazar y tomar represalias para presionar a los trabajadores a que apoyaran al sindicato afín a la empresa.

Revisión #26. Pirelli – Guanajuato:
Fecha de solicitud: 23 de agosto de 2024.
Fecha de panel: 18 de diciembre de 2024.
Una reconocida llantera del sector industrial hulero, señalada por incumplir el Contrato-ley vigente para la industria manufacturera del hule y disuadir a las personas trabajadoras de defender la aplicación del contrato-ley mediante desinformación, acoso y amenazas de despedido.

Revisión #28. Bader de México – Guanajuato:
Fecha de solicitud: 16 de septiembre de 2024.
Fecha de panel: 18 de diciembre de 2024.
Una empresa dedicada al diseño y manufactura de cuero para asientos automotrices señalada por crear una comisión laboral controlada por ella misma y despedir a personas trabajadoras a causa de su actividad sindical. Además, de acosar, vigilar e intimidar a diversas personas trabajadoras.

Es importante destacar que de los 32 casos presentados en el marco del Mecanismo Laboral del T-MEC, la mayoría se han resuelto mediante la cooperación entre ambos gobiernos, implementando planes o medidas de reparación efectivas. Estas acciones incluyen la publicación de cartas de neutralidad por parte de los empleadores, la reinstalación de trabajadores, pagos retroactivos de salarios, capacitaciones en derechos laborales para los empleados y formación en cumplimiento normativo para personal de recursos humanos. Sin embargo, cuando las partes no logran resolver las disputas, el Mecanismo Laboral contempla una fase arbitral. Esta implica la conformación de un panel de expertos independientes para determinar si las empresas señaladas están cumpliendo con las disposiciones laborales de la LFT. Estos paneles se integran mediante un sorteo de tres listas: un panelista es designado por el país solicitante (en este caso, EE.UU.), otro por el país requerido (México) y el tercero es un experto independiente no afiliado a ninguno de los países involucrados.Cabe señalar que dichas listas fueron consensuadas y aprobadas por los países miembros del T-MEC como parte de las negociaciones iniciales, garantizando la imparcialidad y transparencia en la resolución de disputas.

Revisión #29: Odisa Concrete Equipment, S.A. de C.V. – Hidalgo [Cerrado]
Fecha de solicitud: 23 de octubre de 2024.
El 20 de diciembre de 2024, EE.UU. anunció la resolución exitosa de asunto. Como resultado del MLRR se reinstaló y pagaron salarios atrasados a una persona trabajadora despedida por su actividad sindical; se reembolsaron cuotas sindicales; se firmó un nuevo CCT; la empresa expidió una carta de neutralidad y se instaló un buzón de denuncias.

Casos abiertos

Revisión #32. Compañía Hulera Tornel, S.A. de C.V. – Ciudad de México y Estado de México
Fecha de solicitud: 8 de enero de 2025.
EE.UU. solicitó a México investigar si la Compañía Hulera Tornel, S.A. de C.V. está denegando los derechos de libertad sindical y negociación colectiva de las personas trabajadoras, al inaplicar el contrato ley de la industria del hule y en su lugar, aplique un contrato colectivo de trabajo con beneficios inferiores a los considerados en dicho contrato ley.

Revisión #31. Akwel Juárez México, S.A. de C.V. – Chihuahua
Fecha de solicitud: 22 de noviembre de 2024.
EE.UU. solicitó a México investigar si Akwel Juárez se negó a reconocer al sindicato que solicitó la revisión como representante de las personas trabajadoras y a negociar un acuerdo de negociación colectiva. La petición también alega que el empleador interfirió con la libertad de las personas trabajadoras para elegir a su sindicato y despidió a quienes participaron en actividades sindicales. A la fecha, no se cuenta con información sobre si México aceptó realizar la revisión e investigación correspondiente.

Revisión #30. Vidrio Decorativo Occidental, S.A. de C.V. – Tamaulipas
Fecha de solicitud: 8 de noviembre de 2024.
El 27 de diciembre, México informó sobre la conclusión de la investigación en VDO, en la que se determinó la presunta existencia de acciones que implicaron una injerencia patronal en asuntos sindicales, discriminación antisindical e interferencia en el derecho de huelga de las personas trabajadoras. Actualmente, el cierre del caso será analizado conjuntamente por los gobiernos de México y EE.UU. ■

 

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