Pluma Invitada – Reforma Judicial y Derechos de las Mujeres en México: un paso hacia la justicia inclusiva

Fernanda Flores Caballero y
Stephanie Sánchez Tlacuahuac

Abogadas especializadas en Derecho Laboral. Actualmente se desempeñan como Especialistas Laborales Senior y Junior, respectivamente, en el proyecto de Sensibilización para la Reforma Laboral en México a cargo de Partners of the America.

 

“No llego sola, llegamos todas” fue una de las primeras consignas señaladas por la primera presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo. Este mensaje, más allá de lo simbólico, ya se está materializando en los hechos.

Los primeros pasos que ya se dieron tienen que ver, sobre todo, con la reforma constitucional que reconoce los derechos de igualdad sustantiva de las mujeres, el derecho a vivir libres de violencia, la paridad en nombramientos gubernamentales del orden federal y local y la reducción de la brecha salarial de género.

Aunque la reforma es muy prometedora, a la par, el sistema de justicia en México enfrenta importantes desafíos para garantizar los derechos humanos de las mujeres. Nuestro país está por iniciar un proceso complejo y sin precedentes para renovar al menos 1,600 cargos judiciales mediante convocatorias abiertas, pero sin contar con medidas específicas de perspectiva de género, más allá de la inclusión del principio de paridad.

En su reciente informe Reforma Judicial Feminista: desmantelar la fábrica de injusticias, Equis Justicia para las Mujeres destaca que el acceso a la justicia es uno de los derechos menos garantizados en México y sobre el que 70.5% de las mujeres encuestadas consideró que no se respeta.

Asimismo, en su estudio de más de 100 sentencias, se reveló que: el 47% de los jueces y juezas invisibilizan las violencias; el 69% no analiza los contextos de estas violencias; el 80% no ve a la violencia contra las mujeres como un problema estructural, sino como hechos aislados; el 79% no utiliza ni refiere la normativa de derechos humanos especializada en violencias de género; el 70% no recaba ni analiza pruebas con perspectiva de género; el 86% no repara de manera integral los daños y el 71% no dicta medidas para dar seguimiento a sus sentencias.

Además, la ciudadanía percibe a los jueces y juezas como la segunda autoridad más corrupta, sólo detrás de los policías de tránsito (INEGI, ENVIPE).

De las estadísticas anteriores, queda claro que los operadores judiciales siguen siendo omisos ante el llamado de las mujeres sobre la discriminación y violencia que sufren. Además, su lejanía con las realidades y demandas de la ciudadanía es un problema bien sabido, pero no extraño, si recordamos que hasta hace un par de años las sentencias no eran públicas y las audiencias se realizaban a puerta cerrada.

A pesar de estas limitaciones, ha habido excepciones positivas en los últimos años. Las mujeres han utilizado la judicialización para defender sus derechos y lograr avances significativos que no se han obtenido a través de reformas o políticas públicas. Un ejemplo de ello son los fallos judiciales favorables como la despenalización del aborto y la inclusión de la perspectiva de género en las investigaciones de muertes violentas.

En el ámbito laboral, la creación de los Tribunales Laborales en 2019 benefició a las trabajadoras mediante la aplicación de la perspectiva de género como condición de interpretación judicial, lo que propició que las personas juzgadoras identifiquen, cuestionen y valoren los hechos y condiciones que motivan la discriminación, desigualdad y exclusión, con base en las diferencias biológicas entre mujeres y hombres.

Algunos de los avances que han logrado los Tribunales Laborales a favor de las mujeres han sido: el establecimiento de criterios sobre el derecho a la estabilidad laboral reforzada de trabajadoras embarazadas; el ordenamiento de medidas de protección, como la reubicación de trabajadoras para retirarlas de ambientes laborales perniciosos y la obligación de los centros de trabajo de implementar un protocolo para prevenir la discriminación por razones de género y atención de casos de violencia y acoso u hostigamiento sexual. En materia laboral colectiva, las personas juzgadoras están solicitando que los contratos colectivos de trabajo cuenten con cláusulas que promuevan dichos protocolos y que las mujeres sindicalistas participen en los procesos de negociación colectiva.

A pesar de los avances y de que aún queda mucho por hacer, permanece la preocupación sobre la renovación de los cargos judiciales. Para que el sistema de justicia impacte positivamente en la vida de las mujeres, no solo es fundamental que los nuevos operadores judiciales cuenten con legitimidad popular, sino que utilicen todas las herramientas necesarias para ejercer su labor. Sus sentencias deben cumplir con el cometido de hacer justicia, porque el derecho de acceso a la justicia va más allá de simplemente poder acceder a un tribunal.

Una preocupación adicional es que ni el Decreto Constitucional que dio vida a la reforma judicial, ni la legislación secundaria correspondiente, o la convocatoria emitida por el Senado el 15 de octubre, fijaron reglas que impidan a los agresores, deudores alimentarios o sentenciados por delitos de violencia sexual o familiar ser candidatos a juez, magistrado o ministro, pasando por alto la exigencia de medidas consideradas en la ley 3 de 3.

Los jueces, magistrados y ministros que serán electos por primera vez por el pueblo de México enfrentarán importantes desafíos, entre los cuales se encuentra lograr una interlocución más directa y real con la población y resignificar el perfil del operador judicial, pero al mismo tiempo, seguir aplicando herramientas valiosas como la perspectiva de género y el enfoque de derechos humanos.

Las mujeres esperamos que esta reforma judicial no se quede en buenas intenciones, sino que se traduzca en cambios reales y significativos.