Jurisprudencias y tesis aisladas en materia laboral y seguridad social / Agosto 2024
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
JURISPRUDENCIAS
Tesis PR.P.T.CS. J/7 L (11a.) Competencia por razón de vía y fuero.
Corresponde a un Tribunal laboral de asuntos colectivos del fuero local conocer la demanda promovida por una persona agremiada a un sindicato nacional en la que reclama la nulidad de la suspensión de sus derechos sindicales.
Tesis 2a./J. 149/2019 (10a.) Conflictos individuales de seguridad social.
Conforme a las fracciones VI y VII del artículo
899-C de la Ley Federal del Trabajo, el “último estado de la cuenta individual de ahorro para el retiro” es aquel que recibió el asegurado en el cuatrimestre previo a la presentación de la demanda.
Tesis PR.P.T.CS. J/8 L (11a.) Aportaciones de “cesantía en edad avanzada y vejez”.
Las personas mayores de 25 años, descendientes de una persona trabajadora fallecida que las solicitan, deben exhibir con su demanda la constancia de otorgamiento o negativa de pensión expedida por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
TESIS AISLADAS
Tesis I.2o.T.20 L (11a.) Acoso sexual durante la toma de fotografías en eventos festivos dentro de los centros de trabajo.
La autoridad laboral debe abstenerse de valorar la prueba documental fotográfica bajo apreciaciones subjetivas, sesgadas por estereotipos y especulaciones basadas en el género.
Tesis I.2o.T.21 L (11a.) Acoso sexual en los centros de trabajo.
En el juicio laboral en que se analice el despido derivado de esa conducta, debe otorgarse a la víctima la oportunidad de aportar las pruebas que estime pertinentes para sostener su denuncia inicial, aun cuando no sea parte procesal.
Tesis I.2o.T.18 L (11a.) Acoso sexual en los centros de trabajo.
Los procesos jurisdiccionales que involucren esa conducta deben juzgarse con perspectiva de género y garantizar la participación efectiva de la presunta víctima, aun cuando no sea parte procesal.
Tesis XXI.2o.C.T.38 L (11a.) Amparo indirecto en materia laboral.
Procede contra la negativa de expedir la constancia de haber agotado la etapa de conciliación prejudicial.
Tesis VII.1o.T.12 L (11a.) Despido de una madre trabajadora.
La causa de rescisión por más de 3 faltas en un periodo de 30 días, con motivo de los cuidados que brindó a su hijo menor de edad, debe juzgarse bajo los derechos a la igualdad y a la no discriminación por razón de género, con un estándar de prueba indiciaria.