2024: Recuento anual de revisiones bajo el Mecanismo Laboral del T- MEC

mlrr

El Mecanismo Laboral ha sido una herramienta poderosa para garantizar la protección de los derechos de libertad sindical y negociación colectiva en el marco del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), en el que más de 30 mil personas trabajadoras se han visto beneficiadas directamente y se han asegurado más de 100 millones de pesos en salarios caídos y otros beneficios laborales. En este contexto, Voz Laboral ha preparado el recuento anual de las revisiones llevadas ante el Mecanismo Laboral del T-MEC ofreciendo una visión detallada de su impacto y evolución.

Desde su creación en 2020, se han presentado 31 solicitudes de revisión ante el Mecanismo Laboral del T-MEC (casos). Derivado de la pandemia por COVID-19, en 2020 no se presentó ninguna revisión y fue hasta 2021 que se registraron los primeros 2 casos, los que además fueron paradigmáticos: General Motors Silao y Tridonex en Tamaulipas. Para  2022, se contabilizaron 3 más y en 2023 el número se amplió de manera importante al registrarse 13 casos.

Durante el año 2024, se han presentado 13 casos de los cuales 8 casos siguen abiertos y 5 están cerrados o concluidos. De los 8 casos abiertos, 1 de estos se encuentra ante un panel laboral. De estos 13 casos, por entidad federativa, se tiene registro de 2 casos presentados en Hidalgo, 2 en Guanajuato, 1 en el Estado de México, 1 en Chihuahua, 1 en Michoacán, 1 en Morelos, 1 en Nuevo León, 1 en Puebla, 1 en San Luis Potosí, 1 en Tamaulipas y 1 en Zacatecas.

En 2024, los sectores o industrias que más fueron examinadas por el Mecanismo Laboral del T-MEC fueron las empresas dedicadas a la manufactura con 4 casos, la minera con 2 casos, la autorpartera con 3 casos y, por último, las industrias alimentaria, automotriz, de servicios y siderúrgica con 1 caso respectivamente. Respecto a los motivos de activación más frecuentes por los cuales EE.UU. acudió al Mecanismo Laboral del T-MEC, destacan la injerencia patronal, la discriminación antisindical, los despidos por realizar actividades sindicales y otras amenazas y represalias. Es importante señalar que, una vez que se acepta el caso o queja, México realiza una investigación y determina si existen o no las denegaciones de derechos alegadas.

En el caso de que se determine la existencia de estas afectaciones, los gobiernos de México y EE.UU. colaboran para que la empresa pueda reparar los daños causados. Las medidas de reparación que se aplicaron con mayor frecuencia por parte de las empresas o centros de trabajo en 2024 fueron: emisión de carta de neutralidad, capacitaciones y pago de salarios retroactivos.

Recuento general del Mecanismo Laboral del T-MEC

Desde su puesta en marcha, se han presentado 31 solicitudes de revisión o quejas laborales. De estas, 8 son casos abiertos, y 23 están cerrados. A cuatro años del Mecanismo Laboral del T-MEC, solo 2 casos se han ido a panel y la mayoría han sido resueltos mediante soluciones amistosas y la implementación de planes de reparación. Guanajuato (16%), Coahuila (13%) y Tamaulipas (13%) son las entidades federativas con mayor recurrencia de casos ante el Mecanismo Laboral del T-MEC, y por tipo industria, las empresas autoparteras (52%) fueron las más examinadas, seguido de las manufactureras (13%) y automotrices (9%).

 

Mapa Interactivo del Mecanismo Laboral del T-MEC

El Mapa Interactivo del Mecanismo Laboral del T-MEC es una plataforma que facilita el acceso a información sobre las causas que motivaron la revisión de una empresa o centro de trabajo que fue señalado por denegar derechos laborales, las acciones que realizaron los gobiernos de México y EE.UU. para acordar su atención, los planes de reparación implementados por los empleadores y los beneficios directos obtenidos para las personas trabajadoras. Además, muestra datos estadísticos sobre la recurrencia de estos casos por entidad federativa y rama de la industria. Esta información es valiosa para las personas trabajadoras, pero también para las empleadoras ya que les permite conocer qué sucedió en otras empresas, qué impactos tuvo la intervención del Mecanismo Laboral del T-MEC a nivel de cumplimiento laboral y de qué manera se resolvieron estos conflictos. La información que ofrece el Mapa Interactivo del Mecanismo Laboral del T-MEC puede ser útil para que las empresas desarrollen planes de cumplimiento laboral.

Descúbrelo ahora: https://vozlaboral.mx/mapa/

Casos abiertos:

Revisión #31: Akwel Juárez México, S.A. de C.V. – Chihuahua

Fecha de solicitud: 22 de noviembre de 2024. EE.UU. solicitó a México investigar si Akwel Juárez se negó a reconocer al sindicato que solicitó la revisión como representante de los trabajadores y a negociar un acuerdo de negociación colectiva. La petición también alega que el empleador interfirió con la capacidad de los trabajadores para elegir libremente a su sindicato y despidió a los trabajadores que participaron en actividades sindicales.

Revisión #30: Vidrio Decorativo Occidental, S.A. de C.V. – Tamaulipas

Fecha de solicitud: 8 de noviembre de 2024. EE.UU. solicitó a México investigar si VDO tomó medidas para disuadir los apoyos a favor del SNITIS y tomó represalias contra los partidarios de dicho sindicato. Además, si interfirió con el derecho de huelga de las personas trabajadoras al proporcionarles incentivos para no participar en la huelga y tomar represalias contra aquellas que participaron. También intentó ilegalmente reemplazar SNITIS con un sindicato controlado por la empresa.

Revisión #29: Odisa Concrete Equipment, S.A. de C.V. – Hidalgo

Fecha de solicitud: 23 de octubre de 2024. EE.UU. solicitó a México investigar si Odisa tuvo injerencia en actividades sindicales y presionó a las personas trabajadoras para apoyar al sindicato de su preferencia. Además, si realizó despidos injustificados y tomó represalias contra quienes apoyan otros sindicatos.

Revisión #28. Bader de México S. en C. por A. de C.V. – Guanajuato

Fecha de solicitud: 16 de septiembre de 2024. EE.UU. solicitó a México revisar si Bader de México creó una comisión laboral controlada por ella misma y despidió a personas trabajadoras a causa de su actividad sindical. Además, solicitó revisar otras acciones coercitivas como acoso, vigilancia e intimidación cometidas en contra de las personas trabajadoras.

Revisión #27. Minera Camino Rojo S.A. de C.V. – Zacatecas

Fecha de solicitud: 25 de agosto de 2024. EE.UU. solicitó a México revisar si en la mina Camino Rojo, las personas trabajadoras estaban siendo privadas de su derecho de libertad sindical. Se alegó que tanto el empleador como el sindicato Frente Nacional de Sindicatos Independientes (FNSI) han puesto trabas a los esfuerzos de las personas trabajadoras para apoyar o unirse al Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de la República Mexicana (Los Mineros), mediante amenazas de violencia física, despidos, represalias y coerción.

Revisión #26: Pirelli Neumáticos S.A. de C.V. – Guanajuato

Fecha de solicitud: 23 de agosto de 2024. EE.UU. solicitó a México revisar si Pirelli incumplió con proporcionar a las personas trabajadoras las condiciones más beneficiosas del Contrato-ley vigente para la industria manufacturera del hule. Al mismo tiempo, se solicitó revisar si la empresa estaba disuadiendo a las personas trabajadoras de defender la aplicación del contrato-ley mediante desinformación y si habían acosado o amenazado con despedir a personas trabajadoras por haberse afiliado a la Liga Sindical Obrera Mexicana (LSOM).

Revisión #24. Industrias Tecnos, S.A. de C.V. – Morelos

Fecha de solicitud: 24 de junio de 2024. EE.UU. pidió a México revisar si Industria Tecnos desalentó la afiliación de personas trabajadoras a un sindicato minoritario y realizó despidos por realizar actividades sindicales, además de amenazar y tomar represalias para presionar a las personas trabajadoras a que apoyaran al sindicato afín a la empresa.

Revisión #19. Atento Servicios. – Hidalgo Panel Laboral

Fecha de solicitud: 19 de enero de 2024. EE. UU. solicitó a México investigar si Atento Servicios estaba interviniendo en actividades sindicales mediante coacción, amenazas e incluso despidos para evitar que los trabajadores se afiliaran al sindicato de su preferencia. Además, se alega que la empresa estaba incentivando a las personas trabajadoras para afiliarse al sindicato afín a la empresa mediante el ofrecimiento de diversos beneficios.