Sindicatos
Es la asociación de personas trabajadoras o personas empleadoras con el propósito de estudiar, mejorar y defender sus intereses. El sindicato se puede integrar por mínimo con 20 personas trabajadoras, o en su caso, por 3 personas empleadoras, dependiente el tipo de asociación. Se encuentra prohibido los actos de injerencia donde se realicen acciones o medidas tendientes a fomentar la constitución de asociaciones sindicales para que se estén bajo el control de una o varias personas empleadoras. La persona trabajadora puede decidir libremente si forma o no parte de alguna organización sindical, o dejar de formar parte de ella.
Los sindicatos pueden ser de diversos tipos:
- Gremiales: aquellos conformados por personas trabajadoras de una misma profesión, oficio o especialidad.
- Empresa: aquellos conformados por personas trabajadoras de una misma empresa o centro de trabajo.
- Industriales: aquellos conformados por personas trabajadoras de una rama industrial, que producen el mismo tipo de bienes.
- Entre otros como i) nacionales de industria, y ii) sindicatos de oficios varios.
El trámite de registro de sindicatos debe ser realizado en el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral. https://centrolaboral.gob.mx/registro_laboral/registro_de_asociacion/index.html
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