Sindicatos y perspectiva de género
En los procesos de elección de las directivas sindicales, se deberá garantizar que haya representación proporcional de género y ésta se debe garantizar quedando establecido en el contenido de los estatutos (reglas internas) que rigen a los sindicatos.
Por representación proporcional en razón de género se entiende que, si se tiene un total de 50 personas trabajadoras de las cuales, 20 son mujeres y 30 hombres; entonces las personas que ocupen la directiva sindical, digamos un total de 5 personas, deberán ser al menos 2 mujeres y 3 hombres.
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Derechos como miembro de un sindicato
Reseña
Tríptico e imágenes para redes sociales que describen los derechos garantizados bajo el Nuevo Modelo Laboral como persona miembro de un sindicato: democracia sindical, rendición de cuentas, género y transparencia.
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