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Democracia sindical y directivas sindicales

En la Ley Federal del Trabajo, se establece como obligación que las personas trabajadoras deben ser consultadas por medio de voto personal, libre, directo y secreto para la toma de las decisiones importantes en la vida del sindicato, como lo es  la elección de las directivas sindicales, la negociación y la revisión de sus contratos colectivos de trabajo. Esto se traduce en que no habrá representación sindical o negociaciones de contratos a espaldas de las personas trabajadoras.

Para elegir a la directiva sindical, forzosamente se tiene que realizar a través de una convocatoria que se publique con 10 días de anticipación previos al día de la consulta, la cual debe llevarse a cabo mediante el voto personal, libre, directo y secreto de las personas trabajadoras afiliadas al mismo. Si el procedimiento de elección no se lleva a cabo bajo este esquema, se puede presentar una queja ante en el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL). En caso de que el CFCRL detecte irregularidades que generen una duda razonable sobre el procedimiento sindical, podrá ordenar que se reponga el procedimiento.

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Derecho a un trabajo digno

Datos adicionales

Publicado
28-09-2022
Idioma
Español
Formato
Imagen
Público Objetivo
Personas trabajadoras
Tema(s)
Democracia sindical y directivas sindicales, Libertad de asociación, Sindicatos